- por AOB Abogados
Reclamar por las quemaduras provocadas por la depilación laser.
En los últimos años ha crecido enormemente el número de centros de belleza que ofrecen los servicios de depilación con el sistema laser, ello ha producido a su vez, un incremento en el número de personas que ha reclamado tanto extrajudicialmente como en sede judicial quemaduras ocasionadas por estos máquinas.
Antes de todo es importante la acción preventiva, asegurarse que el centro al que acudimos y donde vamos a realizar el tratamiento, esté autorizado por la Comunidad Autónoma. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 29, preceptúa que los centros y establecimientos sanitarios, cualesquiera que sean su nivel, categoria o titular, precisan autorización administrativa previa para su instalación y funcionamiento.
De esta forma nos garantizamos mayor profesionalidad con el equipo médico y evitamos provablemente futuras quemaduras en nuestra piel.
En caso de quemaduras leves, aconsejamos presentar un escrito de nuestra reclamación al centro Médico vía burofax. Si no estamos contentos con la respuesta obtenida o bien no obtenemos respuesta alguna por parte del centro, podemos dirigirnos a los servicios de nuestra Comunidad Autónoma.
Cuando la quemadura sea grave o tan grave que ocasione perjuicios irreparables o de dificil solución, se recomienda acudir a la vía judicial, siempre y cuando no haya sido posible llegar a una solución de mutuo acuerdo y beneficiosa para el perjudicado y siempre asesorados por un abogado.
Es importante acudir al médico tan pronto como creamos haber sufrido una quemadura, y realizarnos fotografias, de ese modo, será mucho mas facil probar la existencia de dichas lesiones y el modo y fecha en que ocurrieron.
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