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¿Puedo reclamar si sufro un ataque de un perro?

A raíz de los nuevos hábitos sobre la tenencia de animales de compañía, y especialmente por ataques producidos por ciertas razas de perros, se ha generado una fuerte alarma social al respecto.


Por regla general, cuando una persona es atacada por un perro, el responsable de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse será el propietario o encargado del animal, y ello atendiendo al riesgo que haya podido crear y al resultado del mismo.  Por ello se deberá reclamar mediante la correspondiente denuncia contra el propietario del animal, siempre que se trate de animales "feroces o dañinos". En otros supuestos, deberemos interponer una reclamación civil.


Para la aplicabilidad de esta infracción penal, objeto de éste post,  debemos analizar con detalle el artículo 631.1 del Código Penal:



“Los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses”


Es importante remarcar el hecho que debe tratarse de un “animal feroz o dañino”, es decir, no es penalmente típica la acción de dejar suelto al animal, sino que debería acreditarse esa ferocidad, especialmente cuando nos encontramos en supuestos de perros no considerados como peligrosos.


Existe por tanto cierta controversia sobre si debe considerarse un determinado perro como “animal feroz o dañino” puesto que se trata de un animal socialmente admitido como animal de compañía y debería acreditarse un potencial de agresividad digno de ser tenido en cuenta (más fácil de acreditar en razas catalogadas como peligrosas).


No obstante, lo que realmente se sanciona es el comportamiento del propietario, es decir, el hecho que, aun sabiendo del potencial de causar mal del animal, se deje suelto sin tomar las medidas correspondientes. Por ello, se debe interponer la correspondiente denuncia contra el propietario.


Para los supuestos en que no es posible identificar al propietario, generalmente porque no se encuentra en el lugar o incluso si hay sospechas de tratarse de un perro callejero, deberemos recopilar cuanta información sea suficiente a fin de identificar en un primer momento al animal, para posteriormente localizar al propietario del mismo, cosa que en los últimos tiempos es más viable gracias a los chips de que dispone la mayoría de animales.


Para el supuesto de que la lesión, no se haya producido por el ataque de un perro "feroz ó dañino",  sino por otro tipo de perros que no entrañan peligro, la reclamación por los daños y lesiones efectuadas deberá realizarse en la esfera civil y no penal, debiendo concurrir en tal supuesto, unos requisitos que abordaremos en próximos post.


Víctor Sala
Abogado
 

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