- por AOB Abogados
La Ley SINDE-WERT aprobada
El pasado día 1 de marzo entró en vigor y se hacía realidad la Ley Sinde-Wert, destinada a evitar la descarga ilegal de contenidos protegidos por derechos de autor en Internet.
En un primer momento fue el partido socialista quien inició la confección de esta nueva regulación, no obstante la misma no ha resultado vigente hasta el cambio de gobierno, al frente del nuevo ejecutivo Mariano Rajoy, pues en fecha 30 de diciembre de 2011 éste procedió a su aprobación.
El Ministro de Industria, Comercio y Turismo ha manifestado que “ya se ha desarrollado el reglamento que permitirá constituir las dos secciones de la Comisión de Propiedad Intelectual, la de arbitraje y la que persigue la actuación ilegal de Webs de descarga y de enlaces”. Dicha comisión será el ente regulador encargado de evitar las descargas ilegales, siendo el principal objetivo de esta comisión la de restablecer la legalidad en Internet, solicitando la retirada de todos aquellos contenidos que se dispongan sin permiso e incluso, entre las potestades de esta comisión gubernamental existirá la de ordenar el cierre de aquellas páginas web que contradigan la ley Sinde y la de prohibir el acceso a Internet a aquellos usuarios que violen de una forma reiterada los derechos de autor.
Por consiguiente, esta normativa pretende atacar la piratería en Internet, luchar contra ella y para conseguir dicha regulación se ha contado con el apoyo de la industria audiovisual y de las entidades de gestión de derechos de autor. Asimismo el Gobierno ha afirmado que n
A partir del 1 de marzo de 2012, todos aquellos titulares de derechos de propiedad intelectual que consideren que una página web utiliza sus obras sin permiso, podrán iniciar un procedimiento ante la Comisión para que, en un plazo mínimo de 20 días y de un máximo de 3 meses, se interrumpa dicho servicio. Este procedimiento se tratará mediante un sistema telemático y el denunciante deberá acreditar que la página web denunciada en cuestión tiene un ánimo de lucro o puede dañar su patrimonio, identificando en su caso, y siempre que sea posible, al presunto responsable de la página web. Posteriormente y una vez acreditada la vulneración de la legalidad, será cuando el responsable deberá acceder, voluntariamente y a petición de la comisión, a la retirada de aquél contenido que contradiga y vaya en perjuicio de los derechos de autor en cuestión.
No obstante, pueden devenir complicaciones en dicho procedimiento, por cuando es más que posible que no exista posibilidad por parte del denunciante de conocer, a través de sus propios medios, el responsable de la página web, o puede suceder que, una vez demostrada la vulneración a los derechos de autor, la web denunciada no proceda a retirar dicho contenido. En estos dos casos, será la autoridad judicial quién intervendrá en el procedimiento a fin de que resulte de aplicación lo proclamado en la Ley Sinde-Wert.
Cristina LabellaAbogada
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