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Ante conflictos familiares, ¡Acude a la mediación!

Cada vez de forma es más frecuente oír hablar de la mediación familiar como nueva vía de resolución de conflictos familiares. Ya en nuestro anterior post sobre "La mediación como método de resolución de conflictos alternativo a la vía judicial" analizábamos las características y aspectos básicos que presenta todo proceso de mediación.


En este artículo nos centraremos en la mediación familiar, y es que el número de conflictos familiares que se someten a mediación va en aumento, como consecuencia de la negativa percepción que actualmente se tiene en relación a la administración de justicia.


Cierto es que cuando una persona tiene un conflicto que no puede solucionar por ella misma, de inicio se piensa en acudir a los tribunales para que sean éstos quiénes traten de solventarlo, no obstante, ante el colapso de los tribunales los ciudadanos tratan de buscar métodos alternativos para poner solucionar a dichos conflictos de forma más eficaz.


La mediación plantea un método de resolución de conflictos más flexible, económico y rápido, que se amolda a las necesidades de las partes implicadas.


Así mismo, ofrece total autonomía a las partes en aras a que sean ellas mismas quienes decida sobre sus vidas, al ser éstas las que mejor saben  lo que resulta más beneficioso tanto para ellas mismas como para las personas que les rodean y que, de igual modo, se encuentran inmersas en el conflictos surgidos.


Si bien es cierto que la mediación no impide el surgimiento de los conflictos, habida cuenta que los mismos son completamente inherentes a la convivencia, la misma no sólo se centra en dar solución al conflicto en cuestión, sino que, a su vez, servirá como prevención para el surgimiento de futuros conflictos y mejorará las relaciones entre las partes, al permitirles restablecer el diálogo entre ellas, todo ello en un ambiente de colaboración, presentándose la  mediación también como un aprendizaje de las partes, al proporcionarles a su vez herramientas para poder afrontar ulteriores conflictos que puedan plantearse en un futuro.


El objetivo de la mediación es que sean las propias partes las que den con la solución a sus problemas puesto que la función del mediador será acompañarlas y ayudarles en el proceso, de forma que serán las propias partes las que decidirán tanto cuando debe tanto iniciar como acabar el proceso de mediación, así como las decisiones a adoptar en el transcurso del mismo, sintiéndose así escuchadas y conforme se están teniendo en cuenta tanto sus necesidades como sus expectativas y sentimientos, consiguiéndose combatir con ello el binomio ganador-vencido que deja todo proceso judicial, así como disminuyendo el enfrentamiento inicial de las mismas.


Es gracias a esta autonomía que la mediación consigue que las partes lleguen a sentirse corresponsables de las decisiones que se tomen en el proceso, lo que conllevará un mayor compromiso por parte de las partes para cumplir los acuerdos que ellas mismas han fijado y que han sido documentados, reduciendo en gran medida la posibilidad de que un futuro pueda surgir un nuevo conflicto como consecuencia del incumplimiento de las medidas fijadas por la parte a la que éstas le han sido impuestas. 


Si todo ello resulta beneficioso para la resolución de cualquier tipo de conflicto (conflictos en comunidades de vecinos o conflictos entre empresas o socios), en mayor medida en el caso de los conflictos que se planteen en el seno de la familia, por cuanto en éstos resulta de vital importancia poder recurrir a procesos que reduzcan la conflictividad entre las partes, habida cuenta que no se trata de personas que una vez solucionado el conflicto surgido no vayan a volver a coincidir en el transcurso de sus vidas, sino todo lo contrario, se trata de personas cuyas vidas, en caso de haber hijos comunes, siempre estarán ligadas en atención a los mismo, lo que conlleva que se vean obligadas a entenderse y a mantener una cordial relación.


En numerosas ocasiones son precisamente los hijos comunes quiénes sufren la mala relación existente entre sus progenitores, llegando incluso a ser usados por éstos como vía para hacer daño al otro, lo que resulta del todo intolerable al ser el interés de éstos menores el que debe ser protegido ante todo.


En los tiempos que corren el número de rupturas de pareja no hace sino aumentar por lo que con más razón resulta necesario disponer de instrumentos que procuren que dicha ruptura sea lo menos traumática posible, en la medida en que si la ruptura en sí ya supone un cambio radical en el núcleo familiar, se deberá intentar evitar que la regulación de las medidas que deberán regir como consecuencia de la misma aumente el malestar y el posible conflicto existente entre las partes.


Y es que en caso en que los progenitores sean capaces de sobrellevar su ruptura de forma natural, dialogada y respetuosa para con el otro, al margen del sufrimiento personal inherente a la separación, se podrá conseguir con ello que los hijos se mantengan al margen de dicha ruptura, reduciendo de esta forma el sufrimiento de los mismos.


Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el hecho de que las partes  inicien un proceso de mediación, ello no obsta que las mismas sean asesoradas de forma previa sobre los derechos y deberes que la ley les reconoce e impone mediante un profesional de la materia, puesto que en la mediación no se les prestará dicho asesoramiento.


Ello por cuanto ni la mediación sustituye al asesoramiento legal que precisan las partes ni a la inversa, todo lo contrario, ya que ambos son instrumentos perfectamente complementarios y necesarios para que las partes, con el asesoramiento debido, tomen sus propias decisiones facilitando la negociación y diálogo entre ellas una persona mediadora.


Es cierto que en los últimos años se han producido grandes avances para la instauración de la mediación familiar, en la medida en que la misma ha sido de gran ayuda para muchas familias atendiendo a las ventajas que la misma plantea frente al sistema tradicional de administración de justicia, sin embargo, a pesar de ello, aún queda mucho camino por recorrer, empezando por la necesidad de contar con una regulación más homogénea no sólo de forma nacional sino también internacional, así como un cambio de mentalidad de los operadores que intervienen en este tipo procesos en aras a impulsar el acceso a la misma, siempre que la misma resulte viable, ya que es la realidad social ante la que nos encontramos la que exige una reforma de la administración de justicia en aras a conseguir soluciones que actúen como mayor rapidez y eficacia para atender así a las necesidades que presentan los ciudadanos.


¿Estás interesado en iniciar un proceso de mediación? ¿Quieres que nuestros abogados plasmen los acuerdos alcanzados? Contacta con nuestro despacho y nuestros abogados expertos en derecho de familia te orientarán y asistirán en todo el proceso.



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